Seguridad y comercio electrónico Wiki
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¿Para que sirve la atencion de los derechos?

Para que las personas que nos hayan facilitado sus

datos tienen derecho a poder conocer qué datos tenemos de ellos y para

qué, a solicitar que los cambiemos o cancelemos así como a oponerse

al tratamiento que realizamos con sus datos. Son los derechos de acceso,

rectificación, cancelación y oposición. Hay que responder siempre a la

solicitud que realicen informando sobre cual es el resultado de la misma.

El plazo de tiempo en el que hay que hacerlo es de 10 días.


¿Se necesitan aplicar medidas de seguridad?¿de que grado?


¿Qué obliagciones legales necesita mi página web?


Esta es una de las cuestiones capitales que preocupan a quien decide

crear un negocio online. Las obligaciones legales que afectan a las

empresas que no están en Internet, también se aplican a las empresas

que creen una página web. Es decir, si para abrir un negocio determinado

fuera de Internet es necesario obtener previamente una autorización

administrativa, también la necesitaremos para operar online, asimismo

también se deberán cumplir con el resto de obligaciones de carácter

mercantil, fiscal, laboral o de la seguridad social de acuerdo al tipo

de tienda on-line que vayamos a crear.

Ahora bien, en el ámbito del comercio electrónico con consumidores

existen varias normas que tienen especial relevancia por su materia como

son: la Ley Orgánica 15/1999, 13 de diciembre, de Protección de Datos

de Carácter Personal (LOPD); la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Ley

de Servicios de de la Sociedad de de la Información y del Comercio

Electrónico (LSSICE); la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones

Generales de la Contratación y el Real Decreto Legislativo 1/2007,

de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes

complementarias, donde se regulan de forma específica los contratos

celebrados a distancia, así como la normativa de desarrollo de cada

una de ellas. La correcta implantación de dicho marco jurídico en una

página Web, dotará a la misma de una muestra del compromiso con el

respeto a la legalidad, con el consiguiente incremento de la confianza en

los usuarios. A continuación detallamos las obligaciones legales que se

aplican a todas las empresas que deseen abrir una tienda en Internet.



cuales son las palabras clave dentro de la URL?

Si la URL incluye la palabra clave

y está construida de manera “amigable” para el usuario tendrá más

posibilidades de éxito además de aparecer destacada en negrita

en el resultado. Una URL como esta: http://www.tiendamoviles.es/movilesnokia/

nokia.html es un resultado positivo garantizado para la palabra

“moviles nokia”. Además, ayudará al usuario dentro de su experiencia

de navegación al servir como un “rastro de hormigas” para saber donde

se encuentra


Palabras clave dentro del dominio

Palabras clave dentro del dominio → Cuando un website incluye

la palabra clave dentro del dominio suele mejorar sus posiciones, sobre

todo porque muchos otros sites le enlazarán con su propio nombre



¿cuales son lo objetivos de promocionar mi tienda?


1 Atraer visitas

Conseguir usuarios que visiten determinado contenido normalmente

asociado a un determinado tiempo de visita y un número de páginas

vistas.

2 Convertir visitas en clientes

Conseguir que los visitantes realicen un “acto de compra”

siendo este desde ejecutar una orden a realizar un registro.

3 Fidelizar clientes

Lograr que dichos clientes vuelvan y realicen nuevas visitas

y actos de compra.

4 Convertir clientes en prescriptores

Lograr que los clientes se conviertan en nuestro canal invitando

a terceros a participar y consiguiendo viralidad en sus acciones.

Estos objetivos conjuntamente con el posicionamiento, tono de

comunicación y tipo de producto deberán definir una estrategia completa

de comunicación online que se acabará reflejando en tácticas y acciones

concretas.




¿como funciona el contrato de tratamiento de datos?


Cuando la página web en la que

recojamos datos personales esté alojada en los servidores de otra empresa,

un informático que no es de nuestra empresa haga el mantenimiento de

la página web o una empresa vaya a prestarnos un servicio de tratamiento

de datos y en consecuencia va ya a tener acceso a la información que hay

en nuestra base de datos, por ejemplo, para normalizar la base de datos,

será necesario firmar un contrato de tratamiento de datos.


¿Cómo especificaremos nuestra política de privacidad en nuestra web?



Cuando en la página web se utiliza un formulario para recabar datos

personales de los usuarios o clientes, o bien para permitir la suscripción

a un boletín o comunidad, es obligatorio incluir un aviso legal en materia

de protección de datos, cuyo contenido debe informar de lo siguiente

(Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de

Carácter Personal):

1 de la existencia de un fichero o tratamiento de datos;

2 de la finalidad de su recogida y de los destinatarios de la

información;

3 del carácter obligatorio o facultativo de la respuesta a las preguntas

que se plantean;

51

4 de las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa

a suministrarlos;

5 de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación,

cancelación y oposición;

6 de la identidad y dirección del responsable del tratamiento

de los datos.

Para cumplir con esta obligación, es necesario situar un aviso legal

específico bien visible justo debajo del formulario, o bien insertar un enlace

permanentemente visible en la Web a nuestra política de privacidad.

En cualquier caso, la información a facilitar será siempre la misma.

Modelo de aviso legal

En virtud de lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre,

de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que

mediante la cumplimentación del presente formulario sus datos

personales quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros

titularidad de (nombre de la Compañía), con el fin de (indicar la finalidad

de la recogida de datos), así como para mantenerle informado, incluso

por medios electrónicos, sobre cuestiones relativas a la actividad

de la Compañía y sus servicios.

Usted puede ejercer, en cualquier momento, los derechos de acceso,

rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal

mediante correo electrónico dirigido a (indicar e-mail) o bien mediante

un escrito dirigido a (indicar dirección postal), acompañando siempre

una fotocopia de su D.N.I.

Con carácter general, quien recoge datos personales tiene la obligación

de poder acreditar que ha obtenido el consentimiento informado de las

personas afectadas. En todas y cada una de las páginas web desde las que

se recaben datos de carácter personal se debe incluir claramente visible

la información mencionada anteriormente, de forma que el usuario pueda

obtenerla con facilidad y de forma directa y permanente. La Agencia ha

manifestado en las recomendaciones que realizó en el año 2000 al sector

del comercio electrónico que se puede optar por incorporar en todas

esas páginas un texto o un botón adecuadamente etiquetado que, al ser

seleccionado mediante un “click”, permita obtener la citada información.

No obstante, considera más adecuada una opción según la cual la lectura de

dicha información se presente como ineludible (y no optativa) dentro del

flujo de acciones que deba ejecutar el usuario para expresar la aceptación

definitiva de la transmisión de sus datos a la entidad que los está recabando.

También es recomendable tener constancia de la fecha en que el usuario

nos facilitó sus datos a través de la web.

Esta información es necesario conservarla durante todo el tiempo

que vayamos a tratar los datos puesto que, nos servirá de prueba

para demostrar en caso que nos los soliciten, que hemos obtenido el

consentimiento necesario para poder tratarlos.


¿Que es el deber de secreto?


El que una persona nos haya facilitado sus datos de

carácter personal nos obliga a mantener la confidencialidad de los mismos

y a no revelarlos a ninguna otra entidad salvo que le hayamos informado

que vamos a ceder sus datos y hayamos obtenido su consentimiento.

Esta obligación de custodia y secreto subsiste incluso una vez haya podido

finalizar la relación con la persona.




¿cuales son las obligaciones en materia de protección de carácter personal?


Medidas de seguridad. La creación y mantenimiento de un fichero

de datos personales exige la aplicación de unas determinadas medidas

de seguridad, tanto técnicas como organizativas, que podrán variar en

función de la mayor o menor sensibilidad de los datos que lo integran.

De inicio, se deberán aplicar las medidas de nivel básico a cualquier

fichero, pudiendo ser exigible, además, la aplicación acumulativa de las

medidas de los niveles medio y alto según los casos contemplados en

la normativa. Pueden consultarse las diferentes medidas de seguridad

en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba

el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de protección de datos de carácter personal, la información

sobre las concretas medidas de seguridad que es necesario aplicar según

los datos que tratemos la podemos encontrar en www.agpd.es en el

apartado titulado responsable de ficheros. Entre estas medidas destaca

la necesidad de elaborar un documento de seguridad en el que debemos

recoger las medidas de índole técnica y organizativa acorde a la normativa

de seguridad vigente en la empresa que será de obligado cumplimiento

para el personal con acceso a los datos de carácter personal

Deber de secreto. El que una persona nos haya facilitado sus datos de

carácter personal nos obliga a mantener la confidencialidad de los mismos

y a no revelarlos a ninguna otra entidad salvo que le hayamos informado

que vamos a ceder sus datos y hayamos obtenido su consentimiento.

Esta obligación de custodia y secreto subsiste incluso una vez haya podido

finalizar la relación con la persona.

Atención de los derechos. Las personas que nos hayan facilitado sus

datos tienen derecho a poder conocer qué datos tenemos de ellos y para

qué, a solicitar que los cambiemos o cancelemos así como a oponerse

al tratamiento que realizamos con sus datos. Son los derechos de acceso,

rectificación, cancelación y oposición. Hay que responder siempre a la

solicitud que realicen informando sobre cual es el resultado de la misma.

El plazo de tiempo en el que hay que hacerlo es de 10 días.

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Contrato de tratamiento de datos. Cuando la página web en la que

recojamos datos personales esté alojada en los servidores de otra empresa,

un informático que no es de nuestra empresa haga el mantenimiento de

la página web o una empresa vaya a prestarnos un servicio de tratamiento

de datos y en consecuencia va ya a tener acceso a la información que hay

en nuestra base de datos, por ejemplo, para normalizar la base de datos,

será necesario firmar un contrato de tratamiento de datos.

Dicho contrato está regulado en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999,

de Protección de Datos de Carácter Personal y en los artículos 20, 21 y 22

del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,


Con carácter general, quien recoge datos personales tiene la obligación

de poder acreditar que ha obtenido el consentimiento informado de las

personas afectadas. En todas y cada una de las páginas web desde las que

se recaben datos de carácter personal se debe incluir claramente visible

la información mencionada anteriormente, de forma que el usuario pueda

obtenerla con facilidad y de forma directa y permanente.





Iva aplicable al comercio electrónico


El tipo de IVA aplicable a las ventas de productos realizadas a

consumidores finales se corresponde con el vigente en el lugar donde

este establecida la empresa, independientemente del Estado de la

Unión Europea donde resida el consumidor. Esto es, si la empresa está

en España y el consumidor reside en Francia el tipo de IVA aplicable, en

su caso, es el tipo de IVA general vigente en España, el 16%. No obstante

si el volumen de ventas que tengamos en ese Estado excede de un

determinado volumen, de entre 35.000 euros a 100.000 euros según el

Estado miembro, tendremos que registrarnos a efectos de IVA en ese

Estado y aplicar el tipo de IVA aplicable en ese Estado.

Las ventas de productos realizadas a consumidores finales que residan en

Canarias están exentas de IVA y será el consumidor residente en Canarias

el que deba pagar en destino el IGIC, los costes de aduana y del despacho.

Finalmente existe un régimen especial del IVA para los servicios

prestados por vía electrónica, es decir, aquellos servicios que consistan

en la transmisión enviada inicialmente y recibida en destino por medio

de equipos de procesamiento, incluida la comprensión numérica y el

almacenamiento de datos, y enteramente transmitida, transportada

y recibida por cable, radio, sistema óptico u otros medios electrónicos.

Entre otros, son servicios prestados por vía electrónica, los siguientes:

→→ suministro y alojamiento de sitios informáticos.

→→ mantenimiento a distancia de programas y equipos.

→→ suministro de programas y su actualización.

→→ suministro de imágenes, texto, información y la puesta

a disposición de bases de datos.

suministro de música, películas, juegos, i →→ ncluidos los de azar

o de dinero y de emisiones y manifestaciones políticas, culturales,

artísticas, deportivas, científicas o de ocio.

→→ suministro de enseñanza a distancia.

La Directiva 2002/38/CE del Consejo, de 7 de mayo de 2002,

ha establecido el marco aplicable en toda Europa a las prestaciones

de servicios por vía electrónica. Esta directiva diferencia entre

dos situaciones:

1 Cuando quien presta el servicio está ubicado en España o en algún

otro Estado Miembro de la UE.

2 Cuando quien presta el servicio está establecido fuera de la UE

y no dispone en España (Península y Baleares) ni en otro Estado

miembro de ningún establecimiento permanente desde el que

prestar estos servicios y, además, no está obligado, por otros

motivos, a estar identificado en la UE.



¿Qué sucede si el producto llega deteriorado?

Cuando se deba reparar o sustituir el producto que hayamos enviado

por que este no funciona hay que tener en cuenta que tanto la reparación

como sustitución deben ser gratuitas para el consumidor y usuario, es

decir, no se lo puede cobrar los gastos que haya que realizar para reparar

o sustituir el producto, especialmente los gastos de envío, así como los

costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

Deberán llevarse a cabo en un plazo de tiempo razonable y sin mayores

inconvenientes para el consumidor y usuario de acuerdo con la naturaleza

de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y

usuario.

La reparación y la sustitución suspenden el cómputo de los plazos durante

los cuales el consumidor puede reclamar por el mal funcionamiento del

producto, por no servir para los usos para los cuales se compró o por no

ajustarse a las características ofrecidas.

Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado,

el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la

reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad

cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los

inicialmente manifestados.

Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo

no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la

sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada,

la rebaja del precio o la resolución del contrato.

Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con

el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del

producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja

del precio o la resolución del contrato.

El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de

productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos

de segunda mano.

El plazo de tiempo durante el cual el vendedor responde de las faltas de

conformidad que se manifiesten es de dos años desde la entrega, aunque

en los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán

pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad

que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto,

sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó,

excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza

del producto o la índole de la falta de conformidad


Cuando se deba reparar o sustituir el producto que hayamos enviado

por que este no funciona hay que tener en cuenta que tanto la reparación

como sustitución deben ser gratuitas para el consumidor y usuario, es

decir, no se lo puede cobrar los gastos que haya que realizar para reparar

o sustituir el producto, especialmente los gastos de envío, así como los

costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

Deberán llevarse a cabo en un plazo de tiempo razonable y sin mayores

inconvenientes para el consumidor y usuario de acuerdo con la naturaleza

de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y

usuario.

La reparación y la sustitución suspenden el cómputo de los plazos durante

los cuales el consumidor puede reclamar por el mal funcionamiento del

producto, por no servir para los usos para los cuales se compró o por no

ajustarse a las características ofrecidas.

Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado,

el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la

reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad

cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los

inicialmente manifestados.

Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo

no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la

sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada,

la rebaja del precio o la resolución del contrato.

Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con

el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del

producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja

del precio o la resolución del contrato.

El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de

productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos

de segunda mano.

El plazo de tiempo durante el cual el vendedor responde de las faltas de

conformidad que se manifiesten es de dos años desde la entrega, aunque

en los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán

pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad

que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto,

sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó,

excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza

del producto o la índole de la falta de conformidad.



¿Se pueden devolver todos los productos?



Como hemos adelantado, no. El comprador no puede ejercitar

su derecho de desistimiento, entre otros, en los siguientes casos:

Contratos de suministro de bienes c →→ uyo precio esté sujeto a

fluctuaciones de coeficientes del mercado financiero que el vendedor

no pueda controlar.

→→ Contratos de suministro de bienes confeccionados conforme a las

especificaciones del consumidor o claramente personalizados, o que,

por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse

o caducar con rapidez.

→→ Contratos de suministro de grabaciones sonoras o de vídeo, de discos

y de programas informáticos que hubiesen sido desprecintados por

el consumidor, así como de ficheros informáticos, suministrados

por vía electrónica, susceptibles de ser descargados o reproducidos

con carácter inmediato para su uso permanente.

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Contratos de suministro de prensa diaria, publicaciones p →→ eriódicas

y revistas.

→→ Contratos de prestación de servicios cuya ejecución haya comenzado,

con el acuerdo del consumidor y usuario.

→→ Contratos de servicios de apuestas y loterías.








¿Cuándo pueden enviarse e-mails o sms publicitarios?


A continuación se recoge una simple enumeración de las principales

obligaciones que existen en materia de protección de datos de carácter

personal. Para conocer más estas y otras podemos consultar la web

www.agpd.es.









Obligaciones en materia de protección

de datos de carácter personal


Cuando en la página web se utiliza un formulario para recabar datos

personales de los usuarios o clientes, o bien para permitir la suscripción

a un boletín o comunidad, es obligatorio incluir un aviso legal en materia

de protección de datos, cuyo contenido debe informar de lo siguiente

(Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de

Carácter Personal):

1 de la existencia de un fichero o tratamiento de datos;

2 de la finalidad de su recogida y de los destinatarios de la

información;

3 del carácter obligatorio o facultativo de la respuesta a las preguntas

que se plantean;







¿Qué se ha de entregar al cliente?

Como es evidente, en principio se le ha de entregar lo que éste ha comprado.

Ahora bien, es posible que no se pueda cumplir el plazo de entrega porque

el producto solicitado no está disponible, en cuyo caso debe informarse

rápidamente de ello al consumidor y ofrecerle la posibilidad de recuperar

cuanto antes, en un plazo de treinta días como máximo, las sumas que haya

abonado hasta ese momento. Debe tenerse en cuenta que si no se respeta

este plazo de abono, el consumidor puede exigir que se le devuelva el doble

de la cantidad adeudada, pudiendo solicitar, además, una indemnización

por daños y perjuicios si éstos se producen.

En caso de no tener disponible el producto solicitado, también

se puede informar al consumidor de la posibilidad de enviarle otro

de características similares y de igual o superior calidad.







¿como se contrata online?

Cuando en la página web se puedan comprar productos o contratar

servicios, la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información

y del Comercio Electrónico, establece las siguientes obligaciones:


- ¿Cuál es la información obligatoria que ha de ofrecer la página web?


En un lugar permanentemente accesible de la página Web, debe aparecer la información relativa al titular de la misma. Esta obligación consta en el artículo 10 de la LSSICE. Modelo genérico de texto para cumplir con esta obligación:


Información general

En cumplimiento de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, se indican los datos de información general de (indicar página Web):


  • Titular: (nombre y apellidos o denominación social)
  • C.I.F.: (número)
  • Dirección: (indicar dirección postal)
  • Contacto: (indicar e-mail)
  • Tel.: (número)
  • Fax.: (número)
  • Datos registrales: (en su caso, indicar)


Según el tipo de página web o servicio que ofrezcamos, también es necesario informar en las condiciones generales de contratación de:


  • Las características esenciales del bien o servicio
  • Los gastos de entrega y transporte, en su caso
  • El plazo de vigencia de la oferta y del precio y, en su caso, la ausencia del derecho de desistimiento en los supuestos previstos.
  • La duración mínima del contrato, si procede, cuando se trate de contratos de suministro de bienes o servicios destinados a su ejecución permanente o repetida
  • Las circunstancias y condiciones en que el empresario puede suministrar un bien o servicio de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor y usuario, cuando se quiera prever esta posibilidad
  • La forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución.
  • En su caso, indicación de si el empresario dispone o está adherido a algún procedimiento extrajudicial de solución de conflictos.
  • La dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor y usuario pueda presentar sus reclamaciones.
  • La información relativa a los servicios de asistencia técnica u otros servicios postventa y a las garantías existentes
  • Las condiciones para la denuncia del contrato, en caso de celebración de un contrato de duración indeterminada o de duración superior a un año
  • Cuando se utilicen técnicas de comunicación con sobrecostes: El coste de la utilización de la técnica de comunicación a distancia cuando se calcule sobre una base distinta de la tarifa básica.


-¿Cuales son las obligaciones legales que se afectan a las empresas que crean una pagina web?


Las mismas que las de las empresas que no están en Internet, también se aplican a las empresas que creen una página web. Es decir, si para abrir un negocio determinado fuera de Internet es necesario obtener previamente una autorización administrativa, también la necesitaremos para operar online, asimismo también se deberán cumplir con el resto de obligaciones de carácter mercantil, fiscal, laboral o de la seguridad social de acuerdo al tipo de tienda on-line que vayamos a crear.


- ¿Cuándo pueden enviarse e-mails o sms publicitarios?


Como norma general, está prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico o SMS, si previamente el destinatario no las ha solicitado o, en su caso, no nos ha autorizado de forma previa y expresa para poder enviárselas. No obstante, si mantenemos con el destinatario una relación contractual previa, es decir, si ya es nuestro cliente, podremos enviarle comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de nuestra empresa, siempre que éstos sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación por éste.

En cualquier caso, tanto en el momento de recoger los datos del destinatario, como dentro de cada comunicación comercial que le enviemos, debemos además de informarle sobre las cuestiones de protección de datos antes referenciadas, ofrecerle la posibilidad de dejar de recibir este tipo de comunicaciones, poniendo para ello a su disposición un medio sencillo y gratuito como, por ejemplo, el envío de un correo electrónico a una dirección determinada o mediante un formulario en nuestra página Web.



-¿ Cuanto tiempo (días) tiene el vendedor de un producto para entregarlo desde que lo ha vendido?

A menos que las partes hayan acordado otra cosa, el vendedor debe ejecutar el pedido en un plazo máximo de treinta días a partir del día siguiente a aquel en que ha recibido la comunicación de pedido del comprador.


-¿ Cuanto tiempo (dias) tiene el comprador de un producto para devolverlo desde el dia en que lo recibe?

Desde el día en que el comprador recibe el producto, éste tiene un plazo de siete días hábiles para poder devolver el producto. Debe tenerse en cuenta que no se puede penalizar al comprador en caso de que decida hacer uso de este derecho de desistimiento.


- ¿Se pueden devolver todos los productos?

No, hay casos en los que el comprador no puede devolver los productos. Por ejemplo, contratos de suministros de prensa diaria, publicaciones periodicas o revistas, o por ejemplo contratos de servicioes de apuesta o loterias.


- ¿Qué sucede si el producto llega deteriorado?


Pues que la reparacion o la sustitucion de los productos tiene que ser gratuita para los usuarios. y deberan llevarse a cabo en un tiempo razonable y sin mayores incovenientes para el consumidor.

- ¿Cuál es la información sobre las cookies?

Cuando en la página web utilicemos cookies u otros dispositivos de

almacenamiento y recuperación de datos, que se instalen en el ordenador

del usuario, para guardar información necesaria para la navegación del

usuario por nuestra web, se debe informar de manera clara y completa

sobre su utilización y finalidad, así como ofrecerles la posibilidad de

rechazar el tratamiento de los datos mediante un procedimiento sencillo

y gratuito. Se puede cumplir con esta obligación por ejemplo, informando

de ello en el aviso legal o en las condiciones de contratación de la página

web, así como informando sobre cómo pueden rechazar la instalación de

estos archivos a través de los programas de navegación que el usuario utilice


-¿Hay IVA aplicable al comercio electrónico?

El tipo de IVA aplicable a las ventas de productos realizadas a

consumidores finales se corresponde con el vigente en el lugar donde

este establecida la empresa, independientemente del Estado de la

Unión Europea donde resida el consumidor. Esto es, si la empresa está

en España y el consumidor reside en Francia el tipo de IVA aplicable, en

su caso, es el tipo de IVA general vigente en España, el 16%. No obstante

si el volumen de ventas que tengamos en ese Estado excede de un

determinado volumen, de entre 35.000 euros a 100.000 euros según el

Estado miembro, tendremos que registrarnos a efectos de IVA en ese

Estado y aplicar el tipo de IVA aplicable en ese Estado.


-¿Cómo funciona la contratación online?

Cuando en la página web se puedan comprar productos o contratar

servicios, la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información

y del Comercio Electrónico, establece las siguientes obligaciones:

Cuando en la página web se puedan comprar productos o contratar

servicios, la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información

y del Comercio Electrónico, establece las siguientes obligaciones:


-¿Cuándo pueden enviarse e-mails o sms publicitarios?

Como norma general, está prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico o SMS, si previamente el destinatario no las ha solicitado o, en su caso, no nos ha autorizado de forma previa y expresa para poder enviárselas. No obstante, si mantenemos con el destinatario una relación contractual previa, es decir, si ya es nuestro cliente, podremos enviarle comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de nuestra empresa, siempre que éstos sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación por éste. En cualquier caso, tanto en el momento de recoger los datos del destinatario, como dentro de cada comunicación comercial que le enviemos, debemos además de informarle sobre las cuestiones de protección de datos antes referenciadas, ofrecerle la posibilidad de dejar de recibir este tipo de comunicaciones, poniendo para ello a su disposición un medio sencillo y gratuito como, por ejemplo, el envío de un correo electrónico a una dirección determinada o mediante un formulario en nuestra página Web.

-¿Cuándo y dónde se ha formalizado el contrato?

Cuando la parte que realiza la oferta y el que la acepta se encuentran en lugares distintos, como ocurre en la contratación online, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela enviado el aceptante, no puede ignorarla sin faltar a la buena fe. Por lo tanto, para que el contrato surta efectos entre las partes es necesario que el comprador responda expresamente aceptando la oferta y que dicha aceptación llegue a ser conocida por el vendedor. En este sentido, nunca podremos articular mecanismos en los que el hecho de no responder a la oferta pueda entenderse como una aceptación de la misma. En cuanto al lugar de los contratos celebrados por vía electrónica, debe tenerse en cuenta que si se realizan entre empresa y consumidor, el lugar de celebración será donde éste tenga su residencia habitual. Si el contrato se formaliza entre empresarios o profesionales y éstos no han pactado nada al respecto, se presumirá celebrado en el lugar en que esté establecido el prestador de servicios, pero las partes pueden pactar cualquier otro sitio

-¿Cuál es el plazo para devolver un producto comprado en Internet?

Desde el día en que el comprador recibe el producto, éste tiene un plazo de siete días hábiles para poder devolver el producto. Debe tenerse en cuenta que no se puede penalizar al comprador en caso de que decida hacer uso de este derecho de desistimiento. El comprador no está obligado a indicar ningún motivo para ello. No podrán devolverse todos los productos ya que existen limitaciones, entre otras, por ejemplo, productos perecederos, archivos de canciones, etc. Ejercitado este derecho, el vendedor debe devolver al comprador todas las cantidades íntegras, exceptuando los gastos de envío del producto, en un plazo máximo de treinta días. Si no se respeta este plazo, el consumidor puede exigir que se le devuelva el doble de la cantidad adeudada, pudiendo solicitar, además, una indemnización por daños y perjuicios si éstos se producen.

-¿Se pueden devolver todos los productos?

Como hemos adelantado, no. El comprador no puede ejercitar su derecho de desistimiento, entre otros, en los siguientes casos: Contratos de suministro de bienes c →→ uyo precio esté sujeto a fluctuaciones de coeficientes del mercado financiero que el vendedor no pueda controlar. →→ Contratos de suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados, o que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez. →→ Contratos de suministro de grabaciones sonoras o de vídeo, de discos y de programas informáticos que hubiesen sido desprecintados por el consumidor, así como de ficheros informáticos, suministrados por vía electrónica, susceptibles de ser descargados o reproducidos con carácter inmediato para su uso permanente.

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